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Deportes·

TAD anula multa de 9.000 € a FC Andorra por comentario de Piqué al árbitro

El TAD anuló la sanción de la RFEF al estimar que vulneró los derechos de defensa del club al cambiar los fundamentos de la infracción y rechazar pruebas en el caso del comentario en el descanso.

Claves

  • TAD estima recurso de FC Andorra y anula multa de 9.000 € impuesta por RFEF.
  • Incidente: Piqué dijo 'Qué fácil es pitar a los pequeños' al árbitro en el descanso ante Deportivo de la Coruña el 20/12/2025.
  • RFEF sancionó por falta de control; TAD critica vulneración de derechos de defensa y seguridad jurídica.
  • Anulada la multa, pero posible nuevo expediente si encaja en otra infracción.

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha estimado el recurso de FC Andorra y ha anulado la multa de 9.000 euros impuesta por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por los comentarios de Gerard Piqué al árbitro durante un partido contra el Deportivo de la Coruña.

El incidente ocurrió el 20 de diciembre de 2025 en el Nou Estadi de la FAF, en la jornada 19 de la Segunda División. Según el acta arbitral, Piqué se acercó al colegiado en el descanso, cuando se dirigía a los vestuarios, y le dijo: «Qué fácil es pitar a los pequeños».

El Comité de Competición de la RFEF sancionó al club por no actuar ante una conducta considerada irrespetuosa e intolerante. También se señaló la presencia de Piqué en una zona restringida de vestuarios sin autorización, con advertencia de sanciones más graves en caso de reincidencia.

FC Andorra recurrió primero ante el Comité de Apelación de la RFEF y después ante el TAD. El club argumentó que el precepto citado se aplicaba solo al fútbol sala, no al fútbol profesional; que Piqué contaba con acreditación válida; y que su comentario era una crítica protegida, no un insulto ni una amenaza.

El TAD dio parcialmente la razón al club y determinó que la RFEF se basó inicialmente en una norma inaplicable del fútbol sala. El Comité de Apelación mantuvo la multa, pero cambió los fundamentos, eliminando el acceso no autorizado y culpando en su lugar a la falta de control del club sobre una persona acreditada. Este cambio, según el TAD, alteró sustancialmente la imputación, vulnerando el derecho de defensa del club y el principio de seguridad jurídica de la Constitución española.

El tribunal también criticó a los órganos de la RFEF por rechazar las pruebas aportadas por el club, como la acreditación de Piqué, el protocolo interno de seguridad del club y el testimonio de testigos. Subrayó que los procedimientos sancionadores deben admitir pruebas nuevas relevantes para garantizar un derecho de defensa justo.

La resolución anula la multa y la advertencia asociada, aunque el TAD matizó que la RFEF podría abrir un nuevo expediente si los hechos del árbitro encajan en otra infracción sin obstáculos legales.

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