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Deportes·

TAD confirma sanción de seis partidos a Piqué por perseguir al árbitro tras partido del Andorra

El tribunal deportivo avala la mayoría de penas de la RFEF por el enfrentamiento con árbitros, reconociendo su influencia en el club pese a no tener cargo oficial. FC Andorra, multado y con cierres parciales.

Claves

  • TAD considera a Piqué administrador de facto por su participación en Kosmos, confirma 6 partidos por túnel y 2 meses por comentarios.
  • FC Andorra, multado con 1.500 € y cierre parcial de estadio por 2 partidos por fallos en accesos.
  • Director deportivo Jaume Nogués y delegado Cristian Lanzarote, suspendidos con 6 y 3 partidos más 2 meses respectivamente.
  • Anulada sanción de 4 meses al presidente Ferran Vilaseca por desproporcionada.

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) de España ha confirmado la mayoría de las sanciones contra Gerard Piqué, accionista mayoritario del FC Andorra, al clasificarlo como administrador de facto pese a no ostentar cargo oficial en el club.

La resolución, detallada en una decisión del 10 de septiembre y cubierta por la publicación jurídico-deportiva Iusport, avala en gran medida las penas impuestas por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) tras los enfrentamientos con los árbitros al término del partido del FC Andorra contra el Albacete en Primera División el 1 de mayo.

Piqué, que controla el club de forma indirecta a través de Kosmos, se enfrenta a una suspensión de seis partidos por perseguir al árbitro hasta el túnel y gritarle, un acto que el TAD describió como violencia leve, aunque sin contacto físico. El tribunal desestimó los argumentos de que se trataba de una expresión protegida de libertad de expresión, al considerar que superaba el protesto verbal admisible. Una sanción separada de dos meses se aplica por comentarios ofensivos hacia los árbitros cerca del aparcamiento, según testimonios de árbitros y personal de seguridad, sin requerir difusión pública o mediática.

El TAD señaló la influencia sustancial de Piqué, que incluye participación mayoritaria indirecta a través de Kosmos, conexiones con miembros del consejo, acreditaciones habituales al personal, implicación en decisiones deportivas y defensa de los intereses del club durante el incidente. Estos elementos, más allá de la mera propiedad, lo someten a las normas disciplinarias de la RFEF.

El FC Andorra recibió una multa de 1.500 euros y el cierre parcial del estadio durante dos partidos, que afecta al palco presidencial y zonas VIP adyacentes, por controles inadecuados de acceso al túnel. El club alegó que Piqué tenía un pase de libre acceso, pero el TAD sostuvo que los permisos auto-otorgados no pueden prevalecer sobre las normas federativas.

El director deportivo Jaume Nogués cumplirá seis partidos y dos meses por declaraciones similares en el túnel y el aparcamiento. El delegado Cristian Lanzarote se enfrenta a suspensiones de tres partidos y dos meses por menosprecio a un árbitro y negligencia en sus funciones.

El TAD anuló únicamente la sanción al presidente del club Ferran Vilaseca, revocando su suspensión de cuatro meses y la multa. Aunque recogió el relato del árbitro sobre el empujón al delegado con el pecho y el levantamiento de un puño —interrumpido por seguridad—, el tribunal consideró la pena desproporcionada para un intento no consumado, vulnerando los estándares mínimos de sanción. La RFEF podría reactivar el expediente disciplinario si los plazos lo permiten.

La decisión cierra las vías administrativas de apelación, aunque las partes disponen de dos meses para acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

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