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Negocios·

Mayorista catalán de tabaco, a juicio en Andorra por contrabando y blanqueo de 950.000 euros

La fiscalía pide seis años de cárcel al acusado de 66 años por suministrar tabaco negro a tienda de Pas de la Casa; codefendidos lo exculpan en vista de dos días.

Claves

  • Mayorista catalán de 66 años juzgado en Andorra por contrabando y blanqueo de 950.000 €.
  • Fiscalía pide 6 años de prisión por 41 pedidos en efectivo a tienda de Pas de la Casa.
  • Codefendidos (tendero y transportista) lo exculpan y niegan su conocimiento de la operación ilícita.
  • Caso a la espera de sentencia tras audiencia de dos días.

Un mayorista catalán de tabaco de 66 años, detenido en la prisión de La Comella desde febrero de 2024, se enfrentó esta semana a un juicio de dos días en el Tribunal de Corts de Andorra por delitos de contrabando agravado, asociación criminal y blanqueo de capitales relacionado con una operación en el mercado negro por valor de 950.000 euros que se dirigió principalmente a Pas de la Casa en 2024.

La vista concluyó el martes con los informes finales de ambas partes, dejando el caso a la espera de sentencia. La fiscalía mantuvo su solicitud de seis años de prisión y multas ajustadas a 1,4 millones de euros, argumentando que el acusado jugó un papel clave en un esquema coordinado. Destacaron 41 pedidos durante 10 meses a una tienda de 20 metros cuadrados, recogidas a última hora de la tarde después de las 19.30 horas cuando el personal se había marchado, pagos semanales en efectivo de hasta 10.000 euros debido a los problemas bancarios del tendero y discrepancias en la facturación que sugerían que la mayor parte del tabaco eludía los canales legales. Los investigadores policiales testificaron que la vigilancia detectó desvíos en una depuradora de aguas residuales de Canillo, con uno de ellos estimando que el 95 % de los suministros entraron en circuitos ilícitos hacia Francia. Dado los 30 años de experiencia del acusado en el sector, la fiscalía insistió en que sabía que una pequeña tienda no podía absorber tales volúmenes de forma legítima. Vincularon los pagos fragmentados al blanqueo, señalando que su bonificación anual del 2 % sobre la facturación de la empresa le proporcionaba un beneficio indirecto.

El acusado, administrador único y director comercial de su empresa con un salario anual de 100.000 euros y próximo a la jubilación tras 40 años, negó cualquier conocimiento de irregularidades. Describió la gestión de ventas y clientes legales, viendo al tendero portugués de 43 años como un comprador de confianza en apuros financieros que pagaba puntualmente en cuotas en efectivo. Autorizó a un transportista español de 38 años —propuesto por el tendero por motivos de seguridad— a recoger hasta 100 cajones a altas horas de la noche, realizando él mismo algunas entregas, algo que los trabajadores de la fábrica calificaron de inusual ya que la práctica habitual implicaba conductores de la empresa.

El tendero y el transportista, que aceptaron acuerdos de conformidad, cumplieron condenas y testificaron como testigos, exculparon al acusado. El tendero admitió la responsabilidad exclusiva del contrabando, utilizando al transportista para las recogidas sin revelarle el destino ilícito del tabaco, y disfrazando los beneficios como ingresos de la tienda. «Si le hubiera dicho la verdad, nunca me habría vendido el tabaco», afirmó, subrayando que no llegó al acusado ningún beneficio directo ni conocimiento del origen de los fondos. El testimonio evasivo y contradictorio del transportista —casi retractándose de confesiones previas— provocó un acalorado enfrentamiento con la fiscal. Insistió en que el acusado «no tenía ni idea» del uso final, firmó su conformidad bajo presión para obtener una condena reducida y fecha de puesta en libertad, y disponía de documentos de transporte para generar confianza con el proveedor.

Los trabajadores de la fábrica confirmaron el historial de pagos en efectivo del tendero en medio de dificultades económicas, elogiaron el profesionalismo del acusado y señalaron su pérdida de 20 kg de peso durante 14 meses en prisión preventiva. Describieron cambios tras el arresto, como la prohibición de pagos en efectivo y la exigencia de transferencias bancarias. Dos contrabandistas más testificaron que no tenían vínculos con el acusado ni su empresa, solo con el transportista; uno lo conocía profesionalmente pero negó suministrar tabaco de su compañía.

Un informe pericial de 2025 detalló los flujos de caja de la empresa y liquidaciones fiscales, que la fiscalía calificó como prueba de blanqueo. La defensa solicitó la absolución, alegando defectos en la detención, fallos en la investigación que permitieron que el esquema alcanzara los 950.000 euros y vulneración de derechos. Presentaron las operaciones como actividad comercial rutinaria —apenas el 1,8 % de la facturación de la empresa— sin prueba de coordinación criminal, cuentas sospechosas o contactos más allá de lo profesional. El letrado exigió la libertad provisional a la espera de sentencia, enmarcando cualquier problema como errores administrativos, no delitos. La fiscalía rechazó la petición, citando pruebas de la investigación previa para las detenciones iniciadas en abril de 2024 a partir de indicios relacionados con la prostitución que destaparon cinco arrestos.

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