Tribunal Superior de Andorra concede ciudadanía a hija subrogada de la baronesa Thyssen
Iguala filiación por subrogación con adopción en ley de nacionalidad, anula denegaciones y marca precedente para familias modernas.
Claves
- Tribunal Superior de Andorra equipara filiación subrogada a adopción para ciudadanía, otorga pasaporte a Carmen Thyssen-Bornemisza de Caszon.
- Anula denegaciones de 2025 del Gobierno y Batllia; se basa en principios de igualdad y ley familiar de 2019.
- Precedente para otra hija subrogada de Thyssen, Sabina, con solicitud pendiente.
- Coincide con esfuerzos parlamentarios para modernizar leyes de nacionalidad.
El Tribunal Superior de Justicia de Andorra ha dictaminado que la filiación por gestación subrogada debe tratarse como equivalente a la adopción plena a efectos de nacionalidad, concediendo la ciudadanía a Carmen Thyssen-Bornemisza de Caszon, hija de la baronesa Carmen Thyssen-Bornemisza nacida mediante gestación subrogada en California en 2006.
La decisión de la sala de lo contencioso-administrativo del 30 de marzo de 2026 anuló las denegaciones del Gobierno de febrero de 2025 y una resolución de la Batllia que las confirmó. La ciudadana estadounidense, cuya vinculación materna con Thyssen fue validada por un tribunal andorrano en 2017 en base a una sentencia californiana, solicitó el pasaporte en septiembre de 2023 por dos vías: el artículo 11.2, alegando escolarización local, y el artículo 8.2, para hijos de nacionales extranjeros con 10 años previos de residencia permanente que hayan sido adoptados plenamente.
Los funcionarios desestimaron ambas solicitudes, por falta de prueba suficiente de escolarización y porque consideraron que la gestación subrogada quedaba fuera de las previsiones de adopción de la ley de nacionalidad de 2004. La Batllia estuvo de acuerdo, lo que llevó a un recurso. Los jueces consideraron que el silencio de la ley sobre la gestación subrogada —anterior a su uso común— era una laguna que debía llenarse mediante principios constitucionales de igualdad, obligaciones internacionales y la Ley Cualificada de la Persona y la Familia de 2019. Esta ley trata la filiación por naturaleza, reproducción asistida o adopción como productora de efectos idénticos y permite el reconocimiento de sentencias extranjeras sobre gestación subrogada.
El tribunal consideró discriminatoria la exclusión de los hijos nacidos por gestación subrogada en función del origen de la filiación, vulnerando las normas de igualdad y el artículo 157 de la ley de familia. Con el título de maternidad extranjera de Thyssen ya aprobado y cumplidos los requisitos de residencia, Carmen cumplía el artículo 8.2. La sentencia revocó la decisión de la Batllia, declaró ilegales las actuaciones gubernamentales y es firme, obligando a las autoridades a emitir su pasaporte.
El precedente afecta a la otra hija de Thyssen de una gestación subrogada en California en 2006, Sabina Thyssen-Bornemisza de Caszon, cuya solicitud idéntica sigue pendiente en la Batllia pese a presentarse simultáneamente. Fuentes esperan que la decisión acelere y favorezca su caso. Ambas hermanas, residentes andorranas de largo plazo educadas en el Agora School, mantienen fuertes vínculos locales a través de amistades y actividades, pese a conexiones familiares globales y estudios actuales en el extranjero. Consideran Andorra, no EE UU —donde su nacimiento fue circunstancial—, como su hogar.
El resultado coincide con iniciativas parlamentarias para actualizar las leyes de nacionalidad a las estructuras familiares contemporáneas, con implicaciones más amplias para reclamaciones similares.
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