Tribunal de Andorra rechaza recurso y mantiene detenido a contrabandista de relojes
Tribunal Constitucional confirma prisión para empresario valenciano de relojes acusado de contrabando de lujo y blanqueo vía no declarados
Claves
- Detenido en octubre 2024 con relojes no declarados por +100.000 €; dirigía empresa andorrana para fraudes de devolución IVA y exportaciones sin declarar.
- Defensa alegó irregularidad administrativa, sin daños/víctimas, fuertes arraigos: hija ciudadana andorrana y esposa embarazada.
- Tribunal declaró recurso inadmisible: graves cargos (hasta 8 años), riesgo fuga, 220.000 € incautados, vida lujosa.
- Prisión proporcional, duración corta vs. pena; posibles visitas familiares.
El Tribunal Constitucional de Andorra ha rechazado un recurso de amparo constitucional interpuesto por la defensa de un residente valenciano de 33 años conocido como el «empresario de relojes», manteniendo su prisión provisional por cargos de contrabando de relojes de lujo y blanqueo de capitales.
Detenido a mediados de octubre de 2024 tras el hallazgo por parte de aduanas de dos relojes no declarados valorados en más de 100.000 €, el hombre lleva más de dos meses en prisión. Las autoridades alegan que dirigía una operación a través de una empresa andorrana creada en 2020, en colaboración con una firma española. El esquema implicaba importar relojes de alto valor, reclamar devoluciones del IVA y exportarlos sin declaraciones, a veces simulando ventas a clientes que nunca visitaron Andorra. Sin tienda pública, el negocio dependía de un showroom privado en Andorra la Vella para visitas programadas.
La defensa recurrió una sentencia del 6 de noviembre del Tribunal de Corts que confirmó la orden de prisión del juez instructor, alegando vulneraciones de los derechos a la libertad, el debido proceso y la vida familiar según la Constitución andorrana y el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Describieron el contrabando como una mera irregularidad administrativa sin perjuicio fiscal, daño público ni víctimas, y calificaron el cargo de blanqueo —penado con hasta ocho años— como un exceso ilógico para justificar la detención. Con cuentas completas, bienes incautados y documentos en mano, destacaron sus vínculos andorranos: trabajo local, una hija de tres años con ciudadanía andorrana y una esposa embarazada de tres meses con orden de detención propia al regresar. Su ausencia durante el registro fue casual, no prueba de riesgo de fuga, argumentaron.
El Tribunal declaró el recurso inadmisible, considerando las decisiones de los tribunales inferiores bien razonadas y proporcionadas. Citó la gravedad de los cargos, penas potenciales de ocho años, riesgo de fuga y amenaza a la investigación en curso. La prisión cumple con el artículo 108 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, resultando adecuada dada su corta duración en relación con la mitad de la pena máxima. El tribunal desestimó los fuertes arraigos locales, señalando que la actividad principal del negocio era exterior, un estilo de vida lujoso con coches de alta gama y más de 220.000 € incautados en una caja de seguridad bancaria. Sobre los impactos familiares, reconoció tensiones pero no halló pruebas de que las condiciones penitenciarias impidan un contacto razonable, ya que las visitas siguen siendo posibles. La medida cumple los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad en esta fase.
Fuentes originales
Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan:
- Diari d'Andorra•
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- Diari d'Andorra•
El TC rebutja l’arrest domiciliari per a un dels germans del ‘cas Buiques’
- Altaveu•
Tancat del tot el cas de l'home que tocava panxes a embarassades: haurà de complir l'expulsió
- ARA•
Confirmada la presó provisional per al contrabandista de rellotges d'alta gamma
- Diari d'Andorra•
El Constitucional avala l'empresonament provisional pel detingut per la compravenda de rellotges
- Altaveu•
Avalat l'empresonament provisional de 'l'empresari dels rellotges'