Tribunal de Corts de Andorra absuelve a conductora en accidente de 2022 por episodio epiléptico súbito
El Tribunal de Corts ha absuelto a una mujer de 45 años acusada de conducción temeraria tras un accidente en 2022 en la carretera de Anyós, al considerar que un episodio epiléptico focal súbito
Claves
- Tribunal de Corts de Andorra absuelve a mujer de 45 años de conducción temeraria en accidente de 2022 en carretera de Anyós.
- Incidente implicó entrar en glorieta en sentido contrario, chocar contra muro tras maniobras evasivas; sin heridos.
- Tribunal determina que episodio epiléptico focal súbito causó pérdida de control, desestima todos los cargos y penas.
- Fiscalía pedía 15 meses de prisión suspendida y prohibición de conducir, pero prevalecieron las pruebas médicas.
El Tribunal de Corts ha absuelto a una mujer de 45 años acusada de conducción temeraria tras un accidente en 2022 en la carretera de Anyós, al considerar que un episodio epiléptico focal súbito probablemente causó que circulara en sentido contrario.
El incidente de junio de 2022 vio cómo la conductora accedió a una glorieta en sentido contrario, avanzó varios metros en dirección prohibida y chocó contra un muro después de que otros vehículos se apartaran para evitar la colisión. La fiscalía resaltó el grave peligro para el resto de usuarios de la vía, aunque no hubo heridos.
Diagnosticada con epilepsia focal desde los 25 años y bajo control médico prolongado, la mujer testificó que no recordaba nada del suceso y lo vinculó a una crisis de desconexión súbita. Su defensa argumentó que la aceleración brusca del vehículo, la entrada en sentido contrario y la pérdida de control indicaban un ataque epiléptico, sin otra explicación racional.
La fiscalía andorrana rechazó esta versión, alegando que las maniobras mostraban coherencia incompatible con la inconsciencia. Pidieron una pena de 15 meses de prisión suspendida, dos años de privación del carné de conducir y 1500 euros de multa, por temeridad deliberada.
Tras examinar las pruebas médicas y los testimonios del juicio, el tribunal dictaminó el jueves que no se podía probar la responsabilidad penal más allá de la duda razonable. Aceptó el argumento de la defensa de un evento médico involuntario, desestimó todos los cargos, no impuso penas y ordenó al Estado que cubra los gastos judiciales.
Fuentes originales
Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: