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El Tribunal Superior de Andorra reduce la indemnización a ladrón de coche de alquiler por daños no probados

El Tribunal Superior de Andorra rebajó el pago a un arrendatario condenado en 1.600 euros tras confirmar informes policiales la ausencia de daños en el vehículo al incautarlo, a pesar de lo afirmado por la empresa.

Sintetizado a partir de:
Altaveu

Claves

  • Hombre condenado por apropiación indebida de coche de alquiler, inicialmente obligado a pagar 5.650 euros.
  • Empresa de alquiler reclamó 1.600 euros por abolladura; informes policiales mostraron ausencia de daños al incautarlo.
  • Tribunal Superior aceptó la apelación, descontando costes de reparación; ahora debe 4.050 euros.
  • Fiscalía apoyó la apelación, señalando que los daños probablemente ocurrieron tras la incautación.

El Tribunal Superior de Andorra ha reducido la indemnización adeudada por un hombre condenado por retener ilegalmente un coche de alquiler, al dictaminar que los daños reclamados por la empresa de alquiler no existían cuando la policía incautó el vehículo.

El hombre alquiló el coche a una empresa especializada pero no lo devolvió al finalizar el contrato, lo que llevó a la compañía a presentar una denuncia. Agentes de los Mossos d'Esquadra de Cataluña lo interceptaron en esa región e incautaron el vehículo para devolverlo a sus propietarios. De regreso en Andorra, se enfrentó a un procedimiento penal por apropiación indebida.

La sentencia inicial lo condenó, imponiendo una pena de prisión junto con una responsabilidad civil por un total de 5.650 euros. Esto cubría el período de uso no autorizado, los gastos de desplazamiento asociados y 1.600 euros por reparaciones tras identificar la empresa un abolladura en el coche, que le atribuyó a él.

Apeló ante el Tribunal Superior únicamente por la reclamación de daños, argumentando que el vehículo estaba sin daños al entregarlo. Apoyaban su caso los informes policiales del lugar de la interceptación y una inspección de los Mossos d'Esquadra, ambos confirmando la ausencia de abolladuras o rayones en ese momento.

La fiscalía respaldó la apelación durante la vista, afirmando que era «muy probable que estos daños no existieran en el momento de la incautación del vehículo». El tribunal estuvo de acuerdo, aceptó el desafío y descontó los 1.600 euros. Ahora adeuda 4.050 euros en indemnización.

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Fuentes originales

Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: