El Tribunal Superior de Andorra revisará la condena de 9 años por agresiones sexuales a menores
El Tribunal Superior de Andorra reexaminará la pena de nueve años de prisión y 33.000 euros de indemnización impuesta a un hombre de 23 años por agredir a tres menores.
Claves
- Condena de 9 años por agresiones a tres menores (2021-2023), rebajada por discapacidad mental y edad menor de 21 años.
- Fiscalía recurre exención por salud mental y pide penas revisadas que suman 11 años.
- Víctimas exigen agravantes y mayor indemnización por impacto duradero.
- Defensa busca absolución total por discapacidad del 60 % o rebajas importantes.
La condena de nueve años de prisión impuesta a un hombre de 23 años el 10 de diciembre de 2025 por agredir sexualmente a tres menores será revisada por el Tribunal Superior de Andorra, tras recursos presentados por todas las partes implicadas.
La sentencia original del Tribunal de Corts consideró probados varios incidentes entre 2021 y 2023. Impuso tres años por el primer delito, cuatro años y medio por el segundo, y 18 meses por el tercero, sumando nueve años de cárcel en total. El tribunal también ordenó 33.000 euros en total como indemnización por daños morales. Los jueces aplicaron una exención parcial por el trastorno mental del acusado, que limitaba parcialmente sus capacidades, junto con un atenuante por tener menos de 21 años en el momento de los hechos. Esto redujo las penas por debajo de lo solicitado por la fiscalía y las acusaciones particulares.
La fiscalía pública ha recurrido la reducción por motivos de salud mental, argumentando que no estaba suficientemente probada y solicitando su eliminación. Ahora pide seis años por el episodio más grave, tres años por otro y dos por el tercero, por debajo de su demanda original de cuatro años para ese último delito. Las acusaciones particulares de dos víctimas han calificado esta postura de incoherente, cuestionando cómo la fiscalía puede impugnar la reducción mientras propone una pena más ligera.
Los representantes de las víctimas reclaman circunstancias agravantes y una indemnización mayor, argumentando que la sentencia no refleja la gravedad de los delitos ni su impacto duradero. Mientras tanto, la defensa mantiene su solicitud de absolución total, insistiendo en que la prueba no supera la presunción de inocencia. Destaca el grado de discapacidad reconocido del 60 % por trastornos del neurodesarrollo, que debería conllevar una exención total de responsabilidad penal. Como alternativa, busca rebajas importantes de las penas, con cualquier condena firme que no supere el tiempo ya cumplido en prisión provisional.
El Tribunal Superior debe decidir ahora sobre la validez de la exención por salud mental, las penas revisadas por todas las partes, posibles cambios en las calificaciones jurídicas y ajustes en la indemnización. El resultado determinará el destino del acusado y sentará precedentes para las atenuantes por salud mental en casos de delitos sexuales con pruebas médicas. Las acusaciones particulares advierten de que el recurso de la fiscalía podría llevar a un resultado paradójico: anular la reducción mientras se aligera efectivamente una pena, lo que podría diluir aún más la respuesta global.
Fuentes originales
Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: