Tribunal Superior de Andorra rechaza recurso del Gobierno y anula zonas de protección cerca de sitios históricos
El Tribunal Superior de Justicia confirmó la anulación por un expediente desorganizado que impidió a los propietarios acceder a documentos durante las alegaciones. El ministerio debe reiniciar todo el proceso.
Claves
- El Tribunal Superior desestimó el recurso del Gobierno y confirmó la anulación por expediente incompleto.
- El expediente carecía de paginación, orden, orden del Ministerio de Cultura y notificaciones clave.
- El tribunal validó las notificaciones originales, pero los defectos del expediente invalidaron el proceso de alegaciones.
- El Gobierno reiniciará con expediente reorganizado y nuevas notificaciones a propietarios.
El Tribunal Superior de Justicia de Andorra ha desestimado el recurso del Gobierno y ha confirmado la anulación de un decreto que establecía zonas de protección alrededor de la Casa de la Vall y la iglesia de Sant Esteve en Andorra la Vella, por defectos en el proceso administrativo que impidieron a los propietarios acceder a la documentación completa.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado la sentencia de primera instancia por motivos jurídicos distintos, al considerar que el expediente era incompleto, estaba mal paginado y carecía de un orden adecuado o de todas las comunicaciones requeridas. Esto vulneró los derechos de los propietarios a examinar los materiales de forma efectiva antes de presentar alegaciones. Entre las ausencias clave figuraban la orden de inicio del Ministerio de Cultura, las directrices al comuna de Andorra la Vella para las notificaciones y registros anteriores, pese a que algunos archivos aparecían en el sistema Avantius desde el apartado 28.
El tribunal ha aceptado el método de notificación —mediante publicación en el BOPA, edictos del comuna y la posterior participación de los propietarios—, pero ha determinado que las deficiencias del expediente invalidaron el trámite de audiencia. Ha rechazado la pretensión del Gobierno de entrar en el fondo del asunto, al considerar que no era necesario un aviso previo para bienes de interés público predeclarado, y ha dejado las cuestiones de proporcionalidad para un eventual nuevo decreto.
El equipo de la ministra de Cultura, Mònica Bonell, ha aceptado la sentencia firme y ejecutiva. Planea reanudar el proceso en la fase de audiencia: reorganizando el expediente según las instrucciones, volviendo a notificar a los propietarios y permitiendo nuevas alegaciones. Los responsables destacan que la sentencia valida las notificaciones originales —anteriormente anuladas por el juzgado de primera instancia— y se centra exclusivamente en defectos formales del expediente, sin valorar criterios técnicos ni el contenido del decreto.
Los propietarios, que recurrieron las zonas por las estrictas restricciones de edificación, podrán plantear cuestiones de fondo en el nuevo proceso. La decisión tiene efecto inmediato, sin imposición de costas.
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