El Tribunal de Batllia otorga las tierras de Concordia a Canillo en disputa fronteriza con Encamp
El tribunal andorrano falla a favor de Canillo frente a Encamp en la prolongada disputa territorial junto al Riu Massat, confirma los hitos históricos y rechaza la reclamación.
Claves
- El tribunal confirma los hitos históricos *creus de terme*, colocando la zona marcada en amarillo en Canillo.
- Rechaza la reclamación de Encamp sobre el límite en el cauce del río, separando el pacto de Concordia de 1672 de la línea parroquial.
- La disputa escaló en 2005 por una zanja para ganado; Encamp planea apelar al Tribunal Superior.
- Canillo acoge la sentencia por la claridad jurídica; Pic de Maià sigue sin resolverse.
El tribunal de Batllia falló el 8 de enero a favor de Canillo en la disputa territorial en curso con Encamp sobre las tierras de Concordia a lo largo del Riu Massat cerca de Bordes d'Envalira, rechazando la reclamación de Encamp de que la frontera parroquial siguiera el cauce del río.
La sentencia de 18 páginas confirma la línea definida por los hitos fronterizos históricos —*creus de terme*— tal como se estableció en una decisión del Tribunal Superior del 30 de noviembre de 1999, invocando la *res judicata* para impedir nuevos desafíos. Cita acuerdos posteriores a la escritura de Concordia de 1672, incluidos reconocimientos de límites en 1771, 1807 y 1871, que fijaron la divisoria desde el Riu Valira a través de hitos como la creu 65 (Pleta de les Falconeres), creu 67 (Barraca del Marsal), creu 68 (bajo Orri de Rusca), creu 25 (Orri) y creu 26 (Sarrat) hasta Cap del Maià. La zona disputada marcada en amarillo queda ahora en la parroquia de Canillo.
El tribunal separó el pacto de tierras compartidas de 1672 de la frontera parroquial, señalando que la inspección de 1771 resolvió esta última. Destacó las verificaciones confirmatorias de 1807 y 1871, descartando cualquier copropiedad no resuelta. «Una cosa son los emprius acordados [en la escritura de 1672], y otra muy distinta es la línea divisoria parroquial», estableció la sentencia.
La disputa se remonta a 2000, escalando en 2005 cuando Canillo excavó una zanja cerca de un indicador fronterizo para su trashumancia veraniega de ganado. Encamp detuvo los trabajos, reclamando la zona como propia, lo que motivó propuestas rivales de límites desde la confluencia Valira d’Orient-Massat hasta Orri de Rusca. El caso pasó por canales administrativos, con dos anulaciones del Tribunal Constitucional, antes de recalar en la jurisdicción civil.
Encamp ha confirmado que apelará ante la sala civil del Tribunal Superior. Canillo recibió la decisión «con respeto institucional y satisfacción», viéndola como un aporte de «claridad jurídica a un tema prolongado». La parroquia añadió que la sentencia ofrece «un marco definido para avanzar con seguridad jurídica» y subrayó su compromiso con «las buenas relaciones institucionales, el diálogo y la cooperación con Encamp» para «mirar hacia adelante, fortalecer la cooperación institucional y centrarse en los retos compartidos que afrontan los ciudadanos de ambas parroquias».
El resultado sigue a un acuerdo de septiembre de 2024 sobre la ginebra Pla de les Pedres, pero deja sin resolver la zona de Pic de Maià en medio de persistentes tensiones fronterizas históricas.
Fuentes originales
Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: