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Politica·

Residente de larga duración en Andorra se arriesga a la expulsión por impago a la seguridad social

A pesar de 30 años en el país, matrimonio con una ciudadana andorrana y discapacidad por un accidente, se le denegó la renovación del permiso tras retenciones salariales de empleadores e incapacidad laboral.

Sintetizado a partir de:
Diari d'Andorra

Claves

  • Residente de +30 años, casado con andorrana desde hace 4 años, denegaciones de renovación de permiso por >2 años sin pagos a CASS.
  • Impagos por trabajos no remunerados y accidente incapacitante en España que le dejó en silla de ruedas.
  • Abogado alega violación del artículo 13.2 de la Constitución sobre protección familiar; no debe depender de empleo reciente.
  • Pareja pidió ayuda al Gobierno y copríncipes; posible recurso a tribunales nacionales o TEDH si no hay acción administrativa.

Un residente que ha vivido en el país durante más de treinta años —siete de ellos en pareja con una mujer andorrana, con quien se casó hace cuatro años— se enfrenta a una posible expulsión tras seis meses de intentos fallidos para renovar su permiso de residencia y trabajo.

La renovación ha sido denegada repetidamente porque no ha cotizado al fondo nacional de seguridad social, la CASS, durante más de dos años. El hombre afirma que su falta de cotizaciones no fue voluntaria: sus dos últimos empleos acabaron en los tribunales porque los empleadores se negaron a pagarle por los servicios prestados. Después viajó a España durante seis meses en busca de trabajo, donde sufrió un accidente que le dejó en silla de ruedas. «Llevo dos años y medio intentando volver a caminar», dijo, una situación que le ha impedido trabajar.

La pareja afirma haber solicitado ayuda al jefe de Gobierno y a los copríncipes. Solo recibieron respuesta de Xavier Espot, quien remitió el caso al Ministerio de Asuntos Exteriores; los copríncipes no contestaron.

El residente argumenta que, pese a su reciente falta de cotizaciones por motivos médicos, sus más de veinte años de residencia y cuatro años de matrimonio con una andorrana deberían justificar una renovación inmediata. «En ninguna parte dice la ley que no cotizar sea incompatible con la renovación del permiso», afirma.

Su abogado sostiene que la denegación administrativa viola el artículo 13.2 de la Constitución, que obliga a las autoridades públicas a promover una política de protección familiar, y que este principio constitucional impone al Estado salvaguardar la unidad familiar. «Si ha trabajado o no en los últimos años debería ser irrelevante», dice el abogado. «Condicionar su estancia a tener un empleo no tiene sentido cuando tiene un matrimonio plenamente válido y legal».

Ante la falta de soluciones administrativas, la pareja afirma que su última opción sería la vía judicial, que desean evitar por los altos costes y las crecientes facturas médicas; no obstante, están dispuestos a llevar el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo si es necesario. El abogado expresó su esperanza de que la administración resuelva el caso sin llegar a ese extremo.

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Fuentes originales

Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: