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Politica·

Tribunal Superior de Andorra avala ley que permite nombrar jueces extranjeros

El tribunal rechaza el recurso del alcalde Terés y declara constitucional la Ley Qualificada de Justicia, que permite el nombramiento de la magistrada catalana Míriam de Rosa.

Sintetizado a partir de:
Diari d'Andorra

Claves

  • El tribunal dicta que el artículo 25 solo se aplica a cargos políticos, no a jueces.
  • La ley limita a la mitad los magistrados no andorranos en tribunales y prioriza a andorranos con igual mérito.
  • Dos vías de acceso: ascenso para andorranos (3/4 de plazas) y oposiciones abiertas para expertos.
  • No hay plazo constitucional para la andorranización total; prima la experiencia sobre la nacionalidad estricta.

El Tribunal Superior de Andorra ha avalado la constitucionalidad de la Ley Qualificada de Justicia, rechazando el recurso presentado por la alcaldesa Alexandra Terés contra el nombramiento de la magistrada catalana Míriam de Rosa.

En una sentencia dictada por el pleno —compuesto por los magistrados Jaume Tor, Anna Estragués, Yves Picod, Vincent Anière, Fàtima Ramírez, Carles Cruz, Elsa Puig, Alexandra Cornella e Immaculada Rodríguez—, el tribunal desestimó la demanda de Terés, que alegaba que la ley vulneraba la Constitución. Terés argumentó que seleccionar a De Rosa mediante una oposición abierta para juristas cualificados contravendría la disposición transitoria segunda, que limita a los jueces y magistrados extranjeros a situaciones «mientras no sea posible hacer otra cosa», y el artículo 25, que reserva los cargos públicos e institucionales a nacionales. Sostuvo que, 32 años después de la aprobación de la Constitución, era factible una judicatura completamente andorranizada.

El tribunal no halló motivos de inconstitucionalidad. Aclaró que el artículo 25 se aplica solo a cargos de representación política o institucional —como jefe de Gobierno, ministros o consellers— y excluye a los jueces, que se regulan en el Título VII sobre el poder judicial, sin requisitos explícitos de nacionalidad.

Respecto a la disposición transitoria, los magistrados dictaminaron que la ley cumple plenamente al implementar medidas de andorranización progresiva. Estas incluyen limitar a la mitad el número de magistrados no andorranos en cualquier tribunal, salvo que no haya candidatos andorranos idóneos disponibles. La ley establece dos vías de acceso: el ascenso de batlles (alcaldes) y fiscales andorranos, que deben tener nacionalidad andorrana, y oposiciones abiertas para juristas expertos reconocidos como De Rosa y Terés.

En el sistema de ascenso, tres de cada cuatro plazas de magistrado deben cubrirse con andorranos. La vía abierta prioriza el mérito y la competencia técnica, favoreciendo a los andorranos solo en caso de igualdad de méritos.

El tribunal señaló que la Constitución no impone un plazo a la disposición transitoria y deja la expresión «mientras no sea posible hacer otra cosa» a la interpretación legislativa. Priorizar la experiencia sobre la nacionalidad, con preferencia andorrana solo en igualdad de méritos, no genera problemas constitucionales, concluyó la sentencia.

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Fuentes originales

Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: