Tribunal Superior de Andorra anula laudo laboral por ley inconstitucional
El Tribunal Superior de Justicia ha anulado por completo una decisión arbitral favorable a conductores con turnos reducidos, basada en preceptos declarados inconstitucionales por restringir el acceso judicial. La sentencia abre la vía a negociaciones entre UTE Coopalsa y sus trabajadores.
Claves
- Tribunal Superior anula laudo arbitral de enero de 2025 en disputa UTE Coopalsa vs comité de empresa.
- Laudo basado en art. 6 Ley 33/2018, invalidado por Tribunal Constitucional.
- Sentencia finaliza procedimiento, notifica partes y renuncia a costas por incertidumbre jurídica.
- Coopalsa celebra fallo y busca soluciones pactadas con trabajadores sobre turnos.
El Tribunal Superior de Justicia de Andorra ha anulado un laudo arbitral dictado en enero de 2025 en medio de un conflicto laboral colectivo entre UTE Coopalsa y su comité de empresa, al considerar que se basaba en preceptos legales declarados posteriormente inconstitucionales.
El tribunal ha estimado la solicitud de anulación de Coopalsa, al determinar que el laudo se apoyaba en los apartados 1, 2 y —por conexión—5 del artículo 6 de la Llei Qualificada 33/2018 de mesures en cas de conflicte col·lectiu. El Tribunal Constitucional había invalidado previamente estos preceptos por imponer restricciones injustificadas y desproporcionadas al derecho fundamental de acceso a la justicia recogido en la Constitución. Con la base legal desaparecida, el Tribunal Superior ha concluido que el laudo no podía tener efectos jurídicos, declarándolo nulo y sin efecto de pleno derecho. Los jueces han rechazado que existiera una situación jurídica consolidada que impidiera este resultado.
La sentencia, que es firme y ejecutiva, pone fin al procedimiento de anulación y ordena la notificación a las partes y al Departament de Treball i Ocupació. El tribunal también ha renunciado a la imposición de costas a ninguna de las partes, dada la previa incertidumbre jurídica sobre la constitucionalidad de los preceptos.
El laudo original había dado la razón a los conductores de Coopalsa en un conflicto sobre los horarios laborales, ordenando el retorno a jornadas intensivas de ocho horas durante cinco días para sumar 40 horas semanales. Un árbitro designado por el Departament de Treball había emitido el fallo tras el recurso de Coopalsa. El Tribunal Superior había remitido previamente el asunto al Tribunal Constitucional, al detectar dudas razonables sobre el marco legal de la norma, que imponía arbitraje obligatorio y limitaba los recursos.
Coopalsa ha acogido con satisfacción la resolución, que abre un período de reflexión para buscar soluciones pactadas con los trabajadores. La empresa aspira a promover un entorno laboral positivo, condiciones óptimas para los empleados dentro de la normativa vigente y resultados equilibrados que salvaguarden su viabilidad, sostenibilidad y eficiencia en el servicio.
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