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La Batllia de Andorra prohíbe transacciones en la urbanización Arbres del Tarter

La autoridad judicial impone medidas cautelares para detener ventas, hipotecas y ocupaciones en medio de un litigio entre el promotor delegado y los propietarios inversores.

Sintetizado a partir de:
Altaveu

Claves

  • Prohibición impide ventas, hipotecas, arrendamientos u ocupaciones de unidades de Arbres del Tarter.
  • Medidas protegen a terceros con señales ante litigio entre promotor e inversores.
  • Batllia rechaza suspensión pendiente de caso penal en Madrid.
  • Resolución se basa en alteraciones de propiedades y contratos sucesivos de venta.

La Batllia de Andorra ha impuesto una prohibición de cualquier transacción sobre las propiedades de la controvertida urbanización 'Arbres del Tarter', que impide la venta, hipoteca, arrendamiento u ocupación de las viviendas.

La autoridad judicial, que tramita los procedimientos civiles en curso, dictó estas medidas cautelares en respuesta a una demanda presentada por el promotor delegado contra los propietarios inversores. El objetivo es proteger a terceros que ya han realizado señales por viviendas o locales comerciales, ante el temor de que las propiedades se vendan o se enajenen de otro modo.

La Batllia rechazó la solicitud de los propietarios de suspender el procedimiento a la espera del resultado de un caso penal relacionado en un juzgado de Madrid. Ese litigio enfrenta a la empresa andorrana propiedad de inversores con sede en Madrid —vinculada a la familia detrás de Sobaos Martínez— contra su antiguo promotor delegado, cuyos poderes fueron revocados. Los inversores acusan al promotor y a sus anteriores abogados y asesores jurídicos de fraude y otros delitos, siendo estos últimos presuntamente ahora parte de la empresa del promotor.

En su resolución, la Batllia citó pruebas de alteraciones en las propiedades por parte de la empresa demandada, justificando el riesgo de dilación procesal. También apreció una fuerte apariencia de buena fe por parte del promotor, basada en sucesivos contratos de promesa de venta y modificaciones presentados en las audiencias. Las medidas prohíben disponer, gravar, usar, ocupar o arrendar cualquier unidad de la urbanización.

La decisión no resuelve las pretensiones civiles de fondo, pero paraliza nuevas acciones para preservar el statu quo. Los compradores terceros afrontan ahora retrasos para formalizar la propiedad de sus viviendas o locales adquiridos, mientras continúa la batalla judicial.

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Fuentes originales

Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: