Ex directivos de BPA recurren tras condenas históricas por blanqueo
Los acusados en el primer juicio de BPA han recurrido ante el Tribunal Superior, cuestionando pruebas y presuntas violaciones de derechos; la revisión podría tardar unos seis meses.
Claves
- Joan Pau Miquel Prats: 7 años de prisión, multa de 30.000.000 €, inhabilitación 10 años en banca.
- 13 acusados condenados por blanqueo agravado con habitualidad y en entidad bancaria.
- Cinco más condenados por actuar en establecimiento bancario; seis absueltos del cargo principal.
- Recursos para revisión; Tribunal Superior podría conocer el caso en unos seis meses; ~20 casos relacionados pendientes.
Los condenados en el primer caso de BPA han recurrido ante el Tribunal Superior, alegando que el Tribunal de Corts vulneró sus derechos fundamentales. En su recurso reiteran su inocencia y afirman que no había pruebas suficientes para justificar las penas elevadas. El acusado más destacado, el exdirector general Joan Pau Miquel, fue condenado a siete años de prisión y multado con 30 millones de euros por blanqueo de capitales. Según RTVA, si se admiten los recursos, el Tribunal Superior podría revisar el caso en unos seis meses. El juicio, que duró siete años, finalizó a finales de 2023; unos veinte casos relacionados siguen pendientes de juicio.
De los 18 acusados, 13 fueron declarados culpables de blanqueo agravado con las circunstancias agravantes de habitualidad y actuación en el marco de una entidad bancaria: Joan Pau Miquel Prats, Santiago de Rosselló Piera, Isabel Camino Sarmiento Fuertes, Amaya de Santiago Bullich, Sergi Fernández Genés, Josep Lluís Rivero Carrizo, Francesc Xavier Domingo Roigé, Antoni Calvente Gutiérrez, Ignacio Cardiel Lavilla, Francisco Javier Filoso Fernández, José González Frías, Esteve García García y Ana María Bermejo Camps. Otros cinco —Juan Cejudo Peña, Josep Antoni Rivero Carrizo, Josep Elfa Farré, Luis Pablo Laplana Moraes y Mauricio Escribano Sánchez— fueron condenados por blanqueo agravado con la circunstancia específica de actuar dentro de un establecimiento bancario.
El Tribunal de Corts absolvió a Xavier Mayol González, Enrique Rafael Gracià Cerdà, Francisco Miguel Martínez Bort, Jaume Sansa Matamoros, Joana Reolid Castillo y Amélie Andrée Monique Pérez del cargo de blanqueo agravado.
Las penas impuestas incluyeron condenas de prisión privativa y condicional, multas e inhabilitaciones profesionales. Las penas destacadas informadas por el tribunal son:
- Joan Pau Miquel Prats: siete años de prisión, multa de 30.000.000 euros e inhabilitación para cargo o puesto en entidad bancaria o financiera durante 10 años. - Santiago de Rosselló Piera: seis años de prisión, multa de 12.000.000 euros e inhabilitación para cargo bancario/financiero durante 10 años. - Isabel Camino Sarmiento Fuertes: cinco años de prisión, multa de 5.000.000 euros e inhabilitación durante 10 años. - Amaya de Santiago Bullich: cinco años de prisión, multa de 5.000.000 euros e inhabilitación durante 10 años. - Sergi Fernández Genés: cinco años de prisión, multa de 5.000.000 euros e inhabilitación durante 10 años. - Francesc Xavier Domingo Roigé: cuatro años de prisión, de los que un año es privativo de libertad y el resto suspendido con un período de suspensión de cuatro años; multa de 500.000 euros e inhabilitación durante 10 años.
Varios acusados recibieron penas de prisión condicional con períodos de suspensión y multas: Josep Lluís Rivero Carrizo (cinco años condicional, período de suspensión de cuatro años, multa de 2.100.000 euros e inhabilitación de cinco años), Juan Cejudo Peña (cinco años condicional, período de suspensión de cuatro años, multa de 2.000.000 euros e inhabilitación de cinco años), Josep Elfa Farré (cinco años condicional, período de suspensión de cuatro años, multa de 1.000.000 euros e inhabilitación de cinco años) y Luis Pablo Laplana Moraes (cinco años condicional, período de suspensión de cuatro años, multa de 500.000 euros, inhabilitación de cinco años y expulsión del Principado durante 10 años). Antoni Calvente Gutiérrez recibió una pena condicional de cuatro años con un período de suspensión de cuatro años y una multa de 200.000 euros.
Los recursos interpuestos buscan la revisión de esas condenas y penas; los acusados sostienen que no había pruebas para justificar las penas impuestas.
Fuentes originales
Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: