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Proyecto de ley andorrano de turismo autoriza multas y cierres para proteger el sector y el medio ambiente

Un proyecto de ley de 83 artículos, elaborado con la guía de la OMT, establece normas de gobernanza, formación, digitalización y sostenibilidad, y un régimen sancionador graduado.

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  • Un proyecto de ley de 83 artículos, elaborado con la guía de la OMT, establece normas de gobernanza, formación, digitalización y sostenibilidad, y un régimen sancionador graduado.

El proyecto de ley de turismo, ya tramitado por el Consell General, establece un rango de sanciones desde una amonestación hasta el cierre temporal o permanente de un establecimiento. El texto, elaborado bajo la guía de la OMT, contiene 83 artículos más disposiciones adicionales y transitorias, y se estructura en torno a la gobernanza, la formación, la digitalización y la sostenibilidad.

Según el informe económico adjunto, el nuevo marco regulatorio requerirá la incorporación de dos inspectores en cuatro años para reforzar la supervisión y la aplicación de la normativa turística. La ley también prevé instrumentos para declarar lugares de interés turístico y designar zonas saturadas, lo que permite controles sobre los flujos de acceso.

Las sanciones se clasifican en leves, graves o muy graves, y hasta seis tipos de medidas pueden aplicarse: amonestación; multas; rebaja de la categoría del establecimiento; suspensión temporal de la actividad por hasta 12 meses; revocación de la autorización otorgada por la autoridad competente en turismo; y cierre temporal o definitivo del establecimiento responsable de la infracción.

Las sanciones económicas están graduadas por gravedad. Las infracciones leves pueden castigarse con una amonestación o una multa de hasta 900 €. Las infracciones graves conllevan multas de 901 € a 3.000 €. Las infracciones muy graves están sujetas a multas de 3.001 € a 18.000 €. Las sanciones accesorias para infracciones muy graves pueden incluir suspensión temporal de la actividad, revocación de la autorización o cierre del establecimiento.

Las amonestaciones se consideran adecuadas para infracciones leves en ausencia de reincidencia y cuando la proporcionalidad y las circunstancias desaconsejan imponer una multa.

Ejemplos de infracciones administrativas leves incluyen el trato inadecuado a los usuarios por parte de los proveedores de servicios turísticos; el cumplimiento inexacto de obligaciones de comunicación o información hacia la administración turística o los usuarios; contratos de servicios que no cumplen las normas aplicables; uso indebido de las marcas, símbolos o mensajes turísticos de Andorra que se aparten de las directrices departamentales; y la falta de prestación o la prestación deficiente de servicios, cuando no se cause perjuicio a los clientes.

También se clasifican como leves la negativa a expedir una factura detallada a petición o incluir en ella servicios no prestados; deficiencias en la limpieza, el funcionamiento de las instalaciones, el mobiliario o el equipamiento que forman parte de la actividad turística; y la obstrucción de actividades de inspección cuando dicha obstrucción no las impida.

Las infracciones graves incluyen el uso comercial de denominaciones o distintivos que no corresponden a la clasificación o registro oficial de la actividad; una empresa, establecimiento o profesional que no cumpla las condiciones legalmente exigidas para realizar la actividad o para obtener la autorización necesaria; y el uso de denominaciones que puedan inducir a error sobre la clasificación, categoría o características de la actividad. La denegación injustificada de acceso libre, la expulsión de un establecimiento o la interrupción de servicios acordados también se consideran infracciones graves, al igual que el incumplimiento contractual.

Las infracciones muy graves son aquellas que causen un perjuicio significativo a los intereses turísticos de Andorra, dañen la imagen del país o de sus destinos, o causen daños a los recursos naturales y ambientales.

El paquete normativo busca proporcionar sanciones claras y mecanismos de aplicación para garantizar el cumplimiento y proteger tanto a los visitantes como la sostenibilidad y la reputación del destino.

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Fuentes originales

Este articulo se agrego a partir de las siguientes fuentes en catalan: