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Negocios·

Tribunal de Corts absuelve a familia en caso de deuda de restaurante

Los jueces dictaminaron que no existió esquema deliberado para ocultar muebles y electrodomésticos trasladados de un local con deudas a otro familiar antes de cualquier embargo. Alivio para los acusados con el fin del caso.

Claves

  • Tribunal de Corts absuelve a hombre de 73 años y dos hijas por frustrar cobro de deudas.
  • Fiscalía alegó traslados de activos de restaurante fallido en 2015 para ocultar 60.000 euros.
  • Jueces: sin prueba de intención deliberada de bloquear pagos o embargos.
  • Familia niega fraude; absolución cierra el caso.

El Tribunal de Corts absolvió a un hombre de 73 años y a sus dos hijas de los cargos relacionados con la frustración de procedimientos ejecutivos de cobro de deudas tras el cierre de dos restaurantes familiares en Escaldes-Engordany.

Los jueces dictaminaron el lunes que la fiscalía no logró probar la intención deliberada de ocultar activos o bloquear los reembolsos a los acreedores. El caso se centraba en el traslado de muebles, mesas, sillas, equipamiento de cocina y frigoríficos del primer restaurante —que cerró en 2015 con más de 60.000 euros de deuda, principalmente alquileres impagados desde 2010— a un segundo local abierto poco después por una de las hijas.

La fiscalía había presentado el traslado, realizado tras el cierre pero antes de cualquier orden de embargo, como un esfuerzo calculado para vaciar las instalaciones e impedir que los arrendadores y proveedores recuperaran fondos. Acusó a la familia de mantener efectivamente el primer negocio bajo otra apariencia mientras eludía las deudas, solicitando 14 meses de prisión suspendida para el padre y la hija mayor, más una multa conjunta de 65.000 euros que cubriera las reclamaciones de los acreedores. La segunda hija, que gestionaba formalmente el nuevo local, no enfrentaba cargo principal y negó conocer el origen del equipamiento.

Durante el juicio de mayo, el padre —una figura local conocida— negó repetidamente ser propietario o gestor de ninguno de los restaurantes, insistiendo en que solo prestó ayuda ocasional a sus hijas al empezar. Dijo que el arrendador consideró los objetos sin valor y permitió su almacenamiento, y que nunca ordenó ningún traslado para eludir un embargo. Las hijas atribuyeron el fracaso del primer local, que operó desde 2007 a nombre de la hija mayor con apoyo parental, a dificultades económicas. Mantuvieron que el segundo negocio buscaba empezar de nuevo, usando algunos objetos comprados y otros trasladados antes de cualquier amenaza de embargo. «Solo intentábamos salvar lo que pudiéramos», resumieron en el juicio, negando cualquier intención de perjudicar a los acreedores.

Los argumentos de la defensa destacaron la falta de pruebas concretas de fraude, señalando que el mero traslado de activos no demostraba intención de obstruir la ejecución si no se probaba tal voluntad. El tribunal acordó que no existían elementos esenciales para la condena, absolviendo completamente al trío y dando por concluidos los procedimientos penales iniciados por el fracaso de los locales.

Los acusados mostraron alivio visible ante la sentencia. La fiscalía y las acusaciones particulares conservan la opción de recurrir.

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