Tribunal andorrano deniega reembolso por tratamiento de hipertermia contra el cáncer
El Tribunal Superior desestima recurso de paciente oncológico contra la CASS, al considerar que la hipertermia no está cubierta por la normativa pese a pruebas de eficacia.
Claves
- Tribunal desestimó recurso por 2.989,02 euros de hipertermia no incluida en normativa CASS.
- Rechazó argumento de equivalencia; no hay tratamiento cubierto comparable según informe pericial.
- CASS autorizó solo TC de simulación y radioterapia; hipertermia a cargo del paciente.
- Sentencia: Tribunales deben aplicar normativa estrictamente, sin ajustes por estudios de eficacia.
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Andorra ha desestimado un recurso de una paciente oncológica que solicitaba el reembolso íntegro a la Caixa Andorrana de la Seguretat Social (CASS) de un tratamiento de hipertermia por valor de 2.989,02 euros.
El tribunal ha dictaminado que la hipertermia no figura en la normativa de la CASS sobre procedimientos médicos cubiertos. También ha rechazado los argumentos de cobertura por equivalencia, citando un informe pericial que no halló ningún tratamiento cubierto existente con relevancia terapéutica comparable a la hipertermia oncológica.
La paciente se había sometido a radioterapia, solicitada inicialmente en la clínica Teknon de Barcelona —un centro no contratado por la CASS para esa terapia— tras derivación de la Unidad de Oncología del Hospital Nostra Senyora de Meritxell de Andorra. La CASS autorizó solo vales para una TC de simulación y un paquete de radioterapia, instruyendo expresamente al hospital que informara a la paciente de que la sesión de hipertermia quedaba fuera de su nomenclatura y debía pagarse de su bolsillo, con presentación de recibos para revisión.
La CASS subrayó durante el procedimiento que el estatus de médico prescriptor como profesional contratado no califica automáticamente un tratamiento para cobertura, ni exime del requisito de inclusión previa en la nomenclatura o aprobación administrativa. La entidad también aclaró que la necesidad de que la hipertermia preceda a la radioterapia en un plazo de dos horas constituye una condición técnica de programación, no una urgencia médica legal.
El tribunal reconoció estudios científicos citados por una perito forense, que sugerían que la hipertermia mejora la eficacia del tratamiento del cáncer en un 20 %, y su recomendación de aplicar los coeficientes de reembolso de quimioterapia o radioterapia. Sin embargo, enfatizó que ni la administración ni los tribunales pueden modificar los porcentajes fijados normativamente y deben aplicar estrictamente la normativa vigente.
La sentencia subraya que la CASS reembolsa solo los servicios listados a las tarifas especificadas, dejando los tratamientos no cubiertos a expensas de los pacientes.
Fuentes originales
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